El silencio es oro... ¿el silencio cuenta como consentimiento?

El silencio es oro o...

El otro día se planteó la cuestión de si también das tu consentimiento si no haces nada. Es decir, tácitamente, dejando pasar un plazo y no actuando. ¿Puede la otra parte considerar también esta acción como consentimiento tácito?

Acción tácita o ausencia de acción

Una declaración implícita de intenciones se nos explica muy bien en Internet en una gran variedad de sitios. Todo el mundo sabe que puede ser una forma de expresión. Pero, ¿se aplica lo mismo a la protección de datos?

La declaración de voluntad debe hacerse por propia voluntad, es decir, debe ser reconocible exteriormente.

Una declaración efectiva de consentimiento debe darse voluntariamente. La persona debe ser mayor de 16 años. La forma escrita no es obligatoria, pero se considera una prueba segura en caso de litigio.

Dado que el consentimiento de la persona afectada es un componente central en la protección de datos, ésta debe poder dar un consentimiento legalmente válido y voluntario. De ello se deduce que el mero vencimiento de un plazo no debe interpretarse como consentimiento.

Posibilidad de revocación

El interesado tiene derecho a revocar su consentimiento en cualquier momento. A partir de entonces, los datos ya no podrán recogerse.

Resumen:

La declaración de consentimiento debe darse voluntariamente en cualquier caso. No se debe ignorar al interesado. Deben ser informados detalladamente sobre la finalidad, el tratamiento y el uso de sus datos. Deben poder revocar su consentimiento en cualquier momento.

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