Según una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), la actual vigilancia de pasajeros por parte de la Oficina Federal de Policía Criminal (BKA) va demasiado lejos. Según la sentencia, no se permite el almacenamiento de datos sin motivo alguno, como ocurrió desde agosto de 2018 hasta abril de 2022.

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Enfoque anterior de la BKA

En el período comprendido entre agosto de 2018 y abril de 2022, la BKA dice que almacenó y analizó registros de datos de 145.821.880 pasajeros aéreos como parte de sus actividades de vigilancia de pasajeros. Aproximadamente 61% de estos registros de datos se recogieron y almacenaron sin motivo.

Este procedimiento se basa en una directiva de la UE sobre el denominado registro de nombres de los pasajeros (PNR). Esta directiva está al servicio de la lucha contra el terrorismo y la delincuencia grave. Para ello, las autoridades policiales alemanas han introducido los registros de datos de todos los pasajeros aéreos en un sistema de cotejo. Aquí, por ejemplo, se comparan los datos de los pasajeros con las bases de datos policiales. Se utiliza, por ejemplo, para identificar a delincuentes fugitivos. Si el sistema de cotejo encuentra una coincidencia, la BKA dice que se procede a una comprobación manual.

Anteriormente, estos datos se almacenaban indiscriminadamente para todos los pasajeros aéreos durante cinco años. A los seis meses, sin embargo, se produjo una "despersonalización", pero reversible por orden judicial. Según la BKA, en los últimos años se han dado 670 casos de este tipo.

Decisión del TJCE

El TJCE declaró en una sentencia (asunto C-817/19) que el tratamiento de datos PNR en la UE debe limitarse a lo necesario.

Por un lado, la Directiva europea PNR prevé el tratamiento sistemático de los datos de los pasajeros al cruzar una frontera exterior de la UE. Se trata de datos como la dirección, los detalles del equipaje, el número de teléfono y los nombres de los compañeros de viaje.

Por otra parte, el TJCE aclara ahora que la Directiva debe interpretarse de forma restrictiva. Por lo tanto, la transferencia, el tratamiento y el almacenamiento de datos PNR para luchar contra el terrorismo y los delitos graves deben limitarse a lo absolutamente necesario. El TJCE afirma además que sólo puede recogerse la información enumerada en el anexo de la Directiva PNR. Además, los datos recogidos deben tener siempre una conexión objetiva entre el terrorismo o la delincuencia grave y el transporte de pasajeros. La ampliación a todos los vuelos sólo es admisible si un país se enfrenta a una amenaza terrorista.

La Directiva PNR no debe utilizarse indebidamente para otros fines, como mejorar el control fronterizo o luchar contra la inmigración ilegal, subrayó el TJCE.

Además de la cantidad de datos recogidos, el TJCE también exige una reducción del periodo de almacenamiento.

Reacciones a la decisión del TJCE

La BKA expresó que consideraba que las nuevas restricciones "no favorecen" la aplicación efectiva de la ley y la garantía de la seguridad.

Todavía está pendiente la correspondiente modificación de la Ley alemana de datos de pasajeros. La Ministra Federal del Interior, Nancy Faeser, declaró que primero evaluaría la decisión antes de iniciar la modificación correspondiente.

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